martes, 30 de mayo de 2017

Algo que siempre deberás tomar en cuenta con animales silvestres.

No compres animales silvestres, por ningún motivo, porque aunque quieras hacer un bien al animal, simplemente estas cerrando un negocio y haciéndolo rentable para aquellos que extraen animales de su habitad, recuerda: "donde hay oferta hay demanda". 

No compres, vendas ni poseas o exhibas partes constitutivas de animales silvestres ya sean esqueletos (cráneos, huesos, dientes, garras o uñas), plumas, pieles, pelaje ni tampoco cadáveres conservados o disecados ya que es una forma de aprobar la matanza o mutilación de estos especímenes, además de servir como un mal ejemplo, “Toma en cuenta que otros también querrán seguir tu ejemplo”, después de todo, una pluma que se vea muy linda en tu cabello o en tus aretes, serán mil plumas, posteriormente arrancadas, de inocentes animales, para adornar las orejas de aquellas chicas/cos que ahora la querrán.

Documentar a un animal silvestre está bien, lo malo es cuando tratas de incluirte como parte de su habitad natural. 

No seas participe de una fotografía en la que estés con un animal silvestre ya sea acariciándolo, cargándolo, o simplemente posando con el, ya que es una forma de decirle a los demás que apruebas la captura o aislamiento de un animal de su habitad y que los animales silvestres se prestan para eso, recuerda que así sea un animal rescatado o lamentablemente domesticado, el es un representante de su especie, que vive libre, y su destino, por ningún motivo, es ser extraído o tomado de su habitad para posar en fotos con las personas.

No atrapes, aprendas o acaricies a animales silvestres en su habitad, recuerda que tu eres un visitante y en cierto modo un intruso al que por supervivencia aprendieron a temer y huir. No proveas de alimento a animales silvestres dentro de su habitad por que pueden entender que tu presencia representa una fuente u origen de alimento, solo recuerda que no todas las personas tienen el mismo corazón que tu y algunos querrán aprovecharse de esas circunstancias. Y aunque ahora no es tan común, pero por ello no deja de ser importante, nunca compres o aceptes comida que sea hecha a partir de animales silvestres. 

Si crees que todo esto no representa un peligro para los animales, tómalo en cuenta cuando veas pieles o animales disecados y no dejes de golpearte el pecho pensando que tu pudiste ser cómplice de ese asesinato después de todo esto que ahora has leído, ya que se siguen extrayendo animales de su habitad por que a la gente le gustan sus plumas y las piden con mucha frecuencia (en las tiendas de bisutería en sitios donde venden artesanías, etc) o por que a los turistas les gusta posar con un animal silvestre (boas, monos, etc) así que piden algunos, anualmente, ya que casi siempre mueren de tanta manipulación y deben conseguir otro, con frecuencia, para que el turista este satisfecho.

Siempre recuerda y ten en cuenta que los animales silvestres viven en un equilibrio en el cual tu intervención será perjudicial, por más buenas intenciones que tengas.

viernes, 29 de julio de 2016

Leyes que protegen a los animales domésticos en el Ecuador. (Vigentes desde el 2014 hasta la fecha)



Código orgánico integral penal:

Contravención de maltrato y muerte de mascotas o animales de compañía

Artículo 249.- Maltrato o muerte de mascotas o animales de compañía.- La persona que por acción u omisión cause daño, produzca lesiones, deterioro a la integridad física de una mascota o animal de compañía, será sancionada con pena de cincuenta a cien horas de servicio comunitario. Si se causa la muerte del animal será sancionada con pena privativa de libertad de tres a siete días. Se exceptúan de esta disposición, las acciones tendientes a poner fin a sufrimientos ocasionados por accidentes graves, enfermedades o por motivos de fuerza mayor, bajo la supervisión de un especialista en la materia. 

Artículo 250.- Peleas o combates entre perros.- La persona que haga participar perros, los entrene, organice, promocione o programe peleas entre ellos, será sancionada con pena privativa de libertad de siete a diez días. Si se causa mutilación, lesiones o muerte del animal, será sancionada con pena privativa de libertad de quince a treinta días.


Leyes que protegen a la fauna silvestre en el Ecuador.

Código orgánico integral penal:

Artículo 247.- Delitos contra la flora y fauna silvestres.- La persona que cace, pesque, capture, recolecte, extraiga, tenga, transporte, trafique, se beneficie, permute o comercialice, especímenes o sus partes, sus elementos constitutivos, productos y derivados, de flora o fauna silvestre terrestre, marina o acuática, de especies amenazadas, en peligro de extinción y migratorias, listadas a nivel nacional por la Autoridad Ambiental Nacional así como instrumentos o tratados internacionales ratificados por el Estado, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.

Se aplicará el máximo de la pena prevista si concurre alguna de las siguientes circunstancias:

1. El hecho se cometa en período o zona de producción de semilla o de reproducción o de incubación, anidación, parto, crianza o crecimiento de las especies.

2. El hecho se realice dentro del Sistema Nacional de Áreas Protegidas.

Se exceptúan de la presente disposición, únicamente la cacería, la pesca o captura por subsistencia, las prácticas de medicina tradicional, así como el uso y consumo doméstico de la madera realizada por las comunidades en sus territorios, cuyos fines no sean comerciales ni de lucro, los cuales deberán ser coordinados con la Autoridad Ambiental Nacional.


jueves, 12 de diciembre de 2013

Biopiratería en Ecuador.



Este es un extracto muy acertado y muy explicativo, proveniente de una investigación del IEPI (Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual). El cual nos da un resumen de esa exhaustiva investigación donde se devela las grandes estafas que se ha realizado a nuestro hermoso y megadiverso Ecuador, so pretexto de investigación o ayuda, por parte de personas o entidades ajenas a nuestro país que obviamente iban tras otros intereses muy lejanos del concepto de ayuda.

Piratas Terrestres y Globalizados
Robo, asalto, secuestro, ilegalidad, abuso, maltrato, son algunos de los términos que se relacionan con los piratas de antaño. Si la historia la trasladamos al presente nos encontramos en un mundo globalizado en donde los buscadores de riquezas han dado lugar al término biopiratería.
Varias organizaciones que trabajan en la protección del ambiente, denominan a la biopiratería como “el acceso, uso y/o aprovechamiento ilegal, irregular y/o inequitativo de recursos biológicos y sus derivados, así como de los conocimientos tradicionales de los pueblos indígenas asociados a ellos, en especial mediante uso de la propiedad intelectual, con la finalidad de determinar derechos exclusivos sobre ellos”


Casos de biopiratería en el Ecuador

1.- AYAHUASCA UNA PATENTE REVOCADA

Indignación de los chamanes por convertir algo sagrado en un objeto del mercado
La planta conocida como  Ayahuasca (Banisteriopsis caapi (Griseb.) Morton L., Malpighiaceae), un elemento esencial de una potente mezcla alucinógena, utilizada desde siempre por los chamanes indígenas en las ceremonias curativas tradicionales, fue patentada en 1986 por la Oficina de Patentes y Marcas de los EEUU, concediendo los derechos a Loren Miller, un hombre de negocios norteamericano, quien había recogido lo que se describe en la solicitud de la patente como una variedad única de la planta de la ayahuasca en Ecuador.

La patente describe posible valor medicinal de la planta en el tratamiento de enfermedades como el cáncer y para psicoterapia, además de aplicaciones en tratamiento del parkinsonianismo post-encefálico y la angina de pecho. Menciona también  propiedades antisépticas, bactericidas, amebicinas y antihelmínticas. Como la planta se utiliza con fines medicinales en el contexto de las ceremonias curativas chamánicas tradicionales, el “rasgo innovador” de la patente se basó en las características físicas “únicas” de la cepa descrita en ella, y no en sus propiedades medicinales.

En marzo de 1.999, una delegación de chamanes del Amazonas, vistiendo atuendos ceremoniales, plumas y collares, junto a sus abogados especializados, presentaron una petición en la Oficina de Patentes y Marcas de los EE.UU. (PTO), solicitando la reexaminación y la revocación de la patente.
En noviembre de 1999, la PTO revocó la controvertida patente, reconociendo que los chamanes amazónicos y el CIEL (Centro para las Leyes Internacionales sobre el Medioambiente, Washington D.C.) habían demostrado que la cepa de B. caapi descrita en la patente no se podía distinguir de las cepas de B. caapi silvestres, y que, por lo tanto, la cepa no era patentable.

Patente revocada que se restablece
Siendo este un evidente caso de biopiratería, y a pesar de que la patente fue cancelada, el mundo y las poblaciones indígenas, miran impotentes que la patente fue restablecida al mismo Loren Miller, en el 2001.
Según información de la Confeniae, el abogado del Ciel David Downes comentó que “la PTO necesita cambiar sus reglamentos para prevenir solicitudes de patentes, en el futuro, a la sabiduría tradicional y al empleo de plantas por los pueblos indígenas”. Además, apuntó que “la PTO debe ya abordar sin rodeos la cuestión de si es ético o no que solicitantes de patentes reclamen derechos particulares sobre una planta o conocimiento que es sagrado para un grupo cultural o étnico”.

2.- .COMERCIALIZAN SANGRE HUAORANI
Los Huaorani y Taromenane viven desde siempre en la parte oriental de Ecuador, en las provincias de Napo, Pastaza y Orellana (zona del Parque nacional Yasuní). No se puede tener una noción concreta de estos asentamientos, pues los Taromenanes son comunidades que no han sido contactadas.
Su condición de grupos “puros” u “originales”, ha despertado el interés de la comunidad científica, al igual que las misiones religiosas han querido establecer algún nivel de contacto para realizar sus acciones de evangelización y de investigaciones científicas. En junio de 2010, se denunció por parte de miembros del pueblo huaorani, el tráfico de sangre humana, con propósitos supuestamente científicos.

 “Sangre rica y muy buena”
Según una información publicada el 14 de julio de 2012 en el Comercio de Quito, “la Defensoría del Pueblo abrió una investigación sobre el supuesto uso ilegal de material genético de la nacionalidad Huaorani por parte del instituto estadounidense Coriell, la Escuela Médica Harvard (EE.UU.) y la compañía petrolera Maxus”.

 De acuerdo a esta información, Pablo Morales, representante de un grupo de la comunidad Huaorani, el 19 de junio de 2010, habría presentado ante la Defensoría “una queja en la que acusa al instituto Coriell de poseer una base de muestras genéticas de esta nacionalidad indígena y de venderlas ilegalmente”. La Defensoría del Pueblo, como consecuencia de la denuncia, habría conversado con miembros de la comunidad Huaorani, quienes habrían informado que “entre 1990 y 1991, un grupo de brigadistas conformado por dos norteamericanos, entre ellos un médico de la empresa petrolera Maxus, tomaron muestras de sangre de miembros de la comunidad sin especificar cuál sería su uso. Pero la comunidad desconoce hasta hoy el destino de dichas muestras”.

Según la nota, “Manuela Ima, de la Asociación de Mujeres Waorani de la Amazonía (Amwae), relató que en esa época se realizaron campañas de vacunación y luego se les extrajo sangre para análisis médicos, pero nunca conocieron los resultados”. “A todos los de la comunidad nos sacaron sangre, niños, mujeres, jóvenes”.

La Defensoría comprobó que el Instituto Coriell posee ilegalmente desde el 18 de diciembre de 1991 muestras de sangre de la nacionalidad y desde 1994 hasta la actualidad este laboratorio ha distribuido un total de siete cultivos celulares y 36 muestras, a través de la página: http://ccr.coriell.org, enviadas a instituciones de ocho países. Según el organismo, esto violenta las disposiciones establecidas en la Constitución del Ecuador, que establece en su Art. 66, numeral 3, literal d, “la prohibición del uso de material genético y la experimentación científica que atente contra los derechos humanos”.

“La Defensoría emitió una resolución defensorial en la que declara que se han vulnerado los derechos a la identidad cultural, al consentimiento previo, libre e informado para la extracción y uso de recursos genéticos y el derecho a la identidad cultural y a la integridad personal del pueblo huaorani”,  concluye la nota de Diario El Comercio.

3.- EPIPEDOBATES TRICOLOR 

La rana que supera a la morfina
Otro caso, conocido mundialmente, es el aprovechamiento de las propiedades de la rana Epipedobates tricolor, que es una variedad endémica, presente en el nor occidente del Ecuador, en las estribaciones de los Andes.

En los años 70 un científico que trabajaba para una institución de salud de EEUU, sacó del Ecuador, sin autorización,  750 ejemplares de ranitas para extraer una medicina mucho más potente que la morfina. Las leyes internacionales dicen que todo acceso y uso que se realice de los recursos naturales de un país, sin cumplir los procedimientos establecidos por la legislación vigente, constituye una violación de la misma. Ecuador no registra ninguna solicitud ni autorización concedida al científico John Daly, ni a la Institución Nacional de Salud de EEUU para la que trabaja, para acceder ni sacar del país los 750 ejemplares de ranitas Epipedobates tricolor (Epipedobates anthonyl). El efecto legal de lo revisado, aplicado al caso que nos ocupa, y confirmados ciertos presupuestos (los mismos que integran los cuerpos legales antes referidos), es que nos encontraríamos ante un caso de BIOPIRATERÍA “Los estudios del científico John Daly son innegablemente un importante aporte para la comunidad científica y la sociedad global. Su no mención en la descripción de su invento y el desconocimiento en el registro de la Patente 5,462,956 del origen de sus inquietudes científicas (el conocimiento ancestral de nuestras comunidades indígenas), así como el no compartir con Ecuador los beneficios comerciales de los productos derivados de sus recursos genéticos, devendrían en causal de nulidad de la patente y en el derecho del Estado”

“Ecuador es vulnerable a que su biodiversidad se comercialice en el extranjero. Las leyes y la carencia de investigación facilitan la propagación de este tipo de tráfico”.
Robar el conocimiento o la información científica que un país pudiera tener para generar un producto de uso comercial es biopiratería. Utilizar muestras de especies de la biodiversidad (animales, humanes, plantas) para patentarlas posteriormente también es biopiratería. Y Ecuador se enfrenta permanentemente a eso, a pesar de las leyes y los convenios.

Por eso David Romo adjudica la responsabilidad de lo que sucede a la legislación ecuatoriana. El codirector de la Estación de Biodiversidad de la USFQ explica que las leyes están basadas en un pensamiento de explotación norte-sur, lo que se traduce en una idea de que quienes vienen de fuera lo hacen con un afán de aprovechamiento. Y gracias a ello se da lugar al estancamiento de la investigación y a la proliferación de la biopiratería.

Ecuador apetecido por los biopiratas
Por la ubicación geográfica, y pese a ser uno de los países más pequeños de América Latina, nuestro país posee una única, increíble e inigualable riqueza natural. Por su biodiversidad, Ecuador ha sido calificado por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, como uno de los 10 países más ricos y mega diversos del mundo.

Esta riqueza, también distribuida en otros países de Sudamérica, tal es el caso de Perú, Brasil y Colombia, se ha convertido en una zona muy apetecida por científicos estadounidenses y europeos, los actuales vikingos terrestres, que durante siglos han aprovechado la biodiversidad de nuestras tierras para luego comercializarlas en todo el mundo, sin reconocer el origen ni los conocimientos ancestrales, utilizados durante siglos por nuestros pueblos indígenas.

Tal parece que el conflicto actual se ha convertido en una guerra por la ciencia y por la investigación, pues”el 90% de los recursos genéticos se encuentran en el sur y el 90% de las patentes, se encuentran en el norte”
¿Por qué un país como el nuestro, rico en biodiversidad, no aprovecha científicamente sus recursos?
A pesar de que el actual gobierno se ha empeñado en aumentar la inversión en ciencia y tecnología, los esfuerzos, todavía no son suficientes. Antes se destinaba el 0.06 % del PIB, y durante el actual Gobierno, se incrementó, a 0.47 % del PIB. La aspiración es llegar al 1% de inversión que como mínimo sugieren todas las investigaciones a nivel mundial para tener razonables recursos en ciencia y tecnología. Japón, destina el 3,1% de su Producto Interno Bruto (PIB), en tanto que  los Estados Unidos invierte el 2,7% y la Comunidad Europea el 1,9%

Leyes internacionales contra la biopiratería
En 1992 el Ecuador aprobó el Convenio de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica, así mismo consta la Decisión 391: Régimen común sobre acceso a los recursos genéticos de un país para la realización de cualquier tipo de proyecto, obligando a los científicos a difundir los resultados de las investigaciones y su participación en el beneficio del uso de los recursos.

Por otro lado, nuestro país es parte de la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora (1975), la cual establece que la exportación de cualquier espécimen de una especie…requerirá la previa concesión y presentación de un permiso de exportación, el cual únicamente se concederá una vez satisfechos previos requisitos establecidos. Adicionalmente, el Ecuador está en proceso de ratificación del Protocolo sobre Distribución Justa y Equitativa de beneficios de los Recursos Genéticos y Conocimientos Tradicionales.

IEPI presentó proyecto de ley para evitar la biopiratería
Trabajo de concienciación dentro de comunidades como las shuar, tsáchila y otras agrupaciones indígenas asentadas en la Costa, así como la elaboración de un proyecto de ley para la protección  de los conocimientos tradicionales, expresiones culturales y recursos genéticos, son parte de los proyectos en los que trabaja la Dirección Nacional de Obtenciones Vegetales y Conocimientos Tradicionales del Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual (IEPI) para evitar la biopiratería.

Siempre vamos a encontrar piratas de tierra, mar (tal vez en un futuro hasta de aire), en busca de riquezas. Si antes usurpaban oro, pieles, marfil, ahora intentan colonizar la investigación, usurpando conocimientos y riqueza natural a estas tierras megadiversas.

sábado, 31 de agosto de 2013

Porque razones no se debe tener fauna silvestre como mascota?

Cebus albifrons juvenil. Si se usa esta imagen, citar fuente. Conciencia Zoo (c).


Realmente hay mucho mas de 10 razones para no tener fauna silvestre como mascota, pero aquí van las mas importantes. Este es un extracto de la guía para el control al tráfico ilegal de fauna silvestre, que actualmente maneja Colombia, y claramente se adapta y refleja la misma realidad en Ecuador. Cita de manera muy precisa y oportuna, 10 razones por las que sabrás porque un animal silvestre no puede ni debe ser una mascota.

1. Es un delito tipificado en la normativa ambiental ecuatoriana, colombiana. peruana,etc.

2. Requieren de alimento especializado y variado que sólo consiguen en la naturaleza.

3. Necesitan espacio y ambientes naturales para poderse reproducir y evitar su extinción.

4. Les es indispensable la compañía y enseñanzas de individuos de su misma especie para estimular su supervivencia.

5. Inevitablemente el animal en cautiverio termina por demostrar un comportamiento agresivo y temperamental, en muchos casos sin provocación alguna, llegando a convertirse en amenaza para el ser humano.

6. Fuera de su hábitat no pueden realizar funciones importantísimas como por ejemplo: dispersar semillas y controlar plagas para mantener el equilibro en los ecosistemas.

7. Se enferman, deprimen y debilitan, muchas veces sin importar lo bien que los queramos tratar, condición que los lleva a la muerte en poco tiempo.

8. Cuando compras una “mascota” de fauna silvestre, estas fomentando el tráfico ilegal, estas pagando por la destrucción del planeta y estas contribuyendo con la extinción de las especies.

9. Por cada ejemplar enjaulado y/o secuestrado, 10 individuos han muerto en el proceso de apresamiento, transporte y comercialización.

10. Son portadores de muchas enfermedades que pueden transmitir a los humanos o a los animales domésticos (enfermedades zoonoticas) ocasionándoles graves dolencias e inclusive la muerte.


jueves, 15 de agosto de 2013

Olinguito (Bassaricyon neblina)


El Olinguito pertenece al genero Bassaricyon, es un mamífero del orden Carnívora que pertenece a la familia Procyonidae siendo así, en Ecuador, el cuarto familiar directo del Cusumbo (Potos flavus), del Cuchucho (Nasua sp.) y del Mapache de rio o cangrejero (Procyon cancrivorus). El Bassaricyon es una nueva especie (neblina) descrita para Ecuador y el mundo.

El Olinguito habita el bosque nublado del occidente de Ecuador, llegando su distribución hasta Colombia. Es de hábitos nocturnos (al igual que su familiar el cusumbo) y se alimenta principalmente de frutas.

Este Prociónido fue captado en fotografía dentro de su habitad por el científico ecuatoriano Miguel Pinto. Kristofer Helgen analizaba un grupo de huesos de una especie no identificada en el zoológico del Museo de Historia Natural del Smithsonian en Chicago y en base a pruebas de ADN, descubrió que se trataba de una nueva especie. Los dos científicos Pinto y Helgen (de Ecuador y EEUU respectivamente), emprendieron juntos la búsqueda del espécimen en los bosques ecuatorianos, con el apoyo de un grupo de científicos y del Ministerio del Ambiente del Ecuador.

Se cree que este espécimen fue exhibido en zoológicos décadas atrás, junto con especímenes de una apariencia similar como el cusumbo, pero con una identidad equivocada.